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# Normativa DTE 2.0: qué cambia, a quién afecta y por qué no será la última versión
- URL: https://blog.siscoinmas.com/normativa-dte-2-0-que-cambia/
- Published: 2026-10-25T21:28:10.000Z
- Updated: 2026-10-25T21:28:10.000Z
- Description: Hacienda publicó la versión 2.0 de la normativa de facturación electrónica y el plazo vence el 1 de diciembre de 2026. Te explicamos los cambios, quién debe adaptarse y qué nos enseña México, que ya va por varias versiones.
- Author: Staff SISCOINMAS
- Tags: Facturación electrónica, DTE, Normativa

El 25 de mayo de 2026 el Ministerio de Hacienda publicó la **Normativa de Cumplimiento de los Documentos Tributarios Electrónicos, versión 2.0**, junto con un Manual Tecnológico y un Manual Funcional actualizados. En los meses siguientes llegaron los catálogos renovados (julio) y los nuevos esquemas JSON de cada documento (agosto). No es un ajuste menor: es la primera revisión completa de las reglas técnicas desde que arrancó la facturación electrónica en El Salvador.

En esta entrada explicamos qué cambia, a quién le toca hacer algo, cuál es el plazo y por qué conviene prepararse para que esta no sea la última versión.

## La fecha que importa: 1 de diciembre de 2026

La normativa anterior (versión 1.2) sigue siendo válida **hasta el 1 de diciembre de 2026**. A partir de ese día, los documentos que se transmitan con la estructura antigua dejarán de aceptarse.

- **Si emites desde el sistema gratuito de Hacienda:** no tienes que programar nada. Hacienda ya incorporó los cambios en su plataforma.
- **Si emites desde un sistema propio o desde un proveedor conectado a tu ERP:** tu sistema debe generar los documentos con la estructura 2.0, pasar las pruebas en el Ambiente de Pruebas y quedar autorizado antes de esa fecha.

El Ambiente de Pruebas suele congestionarse en las últimas semanas, así que dejar la migración para noviembre es arriesgado.

## Qué cambia con la versión 2.0

### 1\. Nuevas estructuras para todos los documentos

Hacienda publicó nuevas versiones de los esquemas JSON de cada DTE (factura, crédito fiscal, notas de crédito y débito, factura de exportación, sujeto excluido, entre otros) y del Evento de Invalidación. Hay campos que desaparecen, campos nuevos y validaciones más estrictas. Una regla práctica importante: los campos que no aplican se envían como vacíos (`null`), no se omiten.

### 2\. Dos eventos nuevos

- **Evento de Retorno:** permite reportar devoluciones o ajustes sobre facturas electrónicas, facturas de exportación y facturas de sujeto excluido *sin invalidar el documento original*. No reemplaza a la Nota de Crédito en operaciones entre contribuyentes con crédito fiscal.
- **Evento de Operaciones Especiales:** sirve para informar operaciones autorizadas que se documentan con Comprobantes de Control Interno o Facturas de Venta Simplificadas.

### 3\. Plazos más amplios

- El margen para generar un DTE o un evento con fecha posterior a la operación pasa de **1 a 5 días**, siempre dentro del mismo período tributario.
- Se amplían los plazos de invalidación. En la factura electrónica, la de exportación y la de sujeto excluido se puede solicitar hasta 90 días después.

### 4\. Datos y catálogos actualizados

- Se incorpora un **catálogo de distritos**, coherente con la reorganización territorial que redujo los municipios de 262 a 44.
- Cambia la estructura del **Número de Control**.
- La Factura de Exportación incorpora campos nuevos.
- Se actualizan los catálogos técnicos (tributos, tipos de operación y otros parámetros).

### 5\. Reglas más claras sobre fechas y orden

La normativa distingue entre la **fecha de generación** (cuando ocurre la operación, y la que define en qué período se declara) y la **fecha de transmisión** (cuando Hacienda otorga el Sello de Recepción). También fija un orden lógico: por ejemplo, no se puede registrar un retorno sobre una factura que todavía no tiene sello. Además, al invalidar un documento hay que entregar al receptor el archivo y su representación gráfica.

## Por qué la 2.0 no será la última versión

La facturación electrónica en El Salvador sigue en expansión. Hacienda asigna a cada contribuyente una fecha de incorporación, y todavía faltan muchos por entrar, sobre todo pequeños negocios y personas naturales con actividad económica. Cada nuevo grupo trae casos que el diseño original no contemplaba: ventas simplificadas, devoluciones al consumidor final, operaciones especiales. La versión 2.0 responde justamente a eso.

Es razonable esperar que, a medida que la cobertura sea total, Hacienda siga publicando versiones, catálogos y eventos nuevos. No es una particularidad salvadoreña: es lo normal en los países que llevan años con factura electrónica.

## El ejemplo de México: casi dos décadas de versiones

México es la referencia regional y muestra bien cómo evoluciona un sistema de este tipo:

- **2004–2010, CFD 1.0, 2.0 y 2.2:** los primeros comprobantes fiscales digitales, que el propio contribuyente generaba y sellaba.
- **2011–2012, CFDI 3.0 y 3.2:** llega el CFDI, timbrado por un Proveedor Autorizado de Certificación. Es el cambio de modelo más grande del sistema.
- **2017–2018, CFDI 3.3:** catálogos obligatorios para casi todos los campos (productos, unidades, formas de pago) y el nuevo complemento de recepción de pagos.
- **2022–2023, CFDI 4.0:** entró en vigor en enero de 2022, pero su uso obligatorio se pospuso varias veces hasta el **1 de abril de 2023**. Exige, entre otras cosas, que el nombre, el régimen y el código postal del cliente coincidan exactamente con su constancia fiscal.

Además de las versiones del comprobante, los **complementos** también evolucionan por su cuenta. El de pagos pasó de la versión 1.0 a la 2.0, el de nómina ha tenido varias revisiones, y la Carta Porte para el transporte de mercancías pasó por las versiones 1.0, 2.0, 3.0 y 3.1 en apenas unos tres años.

Las lecciones de México aplican aquí:

- Cada versión trae un período de convivencia y, a menudo, prórrogas. Pero la fecha final siempre llega.
- Las empresas que lo pasan peor son las que dependen de sistemas que no se actualizan con frecuencia.
- Los datos maestros (clientes, productos, direcciones) acaban siendo tan importantes como el software: si están mal capturados, cualquier versión nueva los rechaza.

## Qué hacer ahora

1. **Confirma cómo emites hoy:** sistema gratuito de Hacienda, sistema propio o proveedor externo.
2. **Pregunta a tu proveedor** en qué fecha tendrá lista la versión 2.0 y si ya pasó las pruebas en el ambiente de Hacienda.
3. **Revisa tus datos de clientes:** sobre todo las direcciones, que ahora necesitan el distrito.
4. **Define cómo vas a manejar las devoluciones** con el nuevo Evento de Retorno, y capacita a quien factura.
5. **No esperes a noviembre:** deja margen para corregir errores antes del 1 de diciembre.

En SISCOIN+ seguiremos publicando aquí las novedades de la facturación electrónica a medida que Hacienda anuncie cambios. Si tienes dudas sobre cómo te afecta la versión 2.0, [escríbenos](https://siscoinmas.com/?ref=blog.siscoinmas.com#contacto).

*Fuente principal: documentación oficial publicada en* [*factura.gob.sv*](https://factura.gob.sv/informacion-tecnica-y-funcional/?ref=blog.siscoinmas.com)*. Te recomendamos consultar siempre la Normativa y los manuales vigentes antes de tomar decisiones.*